Linde Verlag, editorial especializada en literatura jurídica, empresarial y fiscal desde 1925, inicia una cooperación con sproof, la empresa de Salzburgo experta en el campo de la firma electrónica en Europa. Además de la introducción de la tecnología en toda la editorial en las próximas semanas, la cooperación también consiste en una inversión en la propia empresa. "Linde Verlag publica cada año más de 270 nuevos libros especializados y de no ficción y libros electrónicos, así como 19 revistas especializadas. La solución de sproof nos permite firmar todos los contratos, por ejemplo con los autores, o procesar otros acuerdos cotidianos de forma fácil, rápida, segura y completamente conforme con el RGPD", afirma Benjamin Jentzsch, director general y propietario de Linde Verlag.
La editorial está introduciendo la solución de firma electrónica de la start-up de LegalTech sproof en toda la empresa y anuncia también una inversión.
Además de la introducción de la tecnología en toda la editorial en las próximas semanas, la cooperación también consiste en una inversión en la propia empresa. También se está llevando a cabo una estrategia de ventas basada en la asociación para dirigirse a grupos objetivo conjuntos con una fuerza combinada.
De izquierda a derecha: Dr. Fabian Knirsch (CTO, sproof), Benjamin Jentzsch (CEO, Linde Verlag), Dr. Clemens Brunner (CEO, sproof)
sproof también está entusiasmado con la cooperación con Linde: "Debido a su naturaleza vinculante, las soluciones de firma electrónica requieren un alto grado de responsabilidad tanto por parte del usuario como del fabricante. Es un honor muy especial que hayamos podido convencer a Linde Verlag, una editorial tradicional especializada en literatura jurídica, empresarial y fiscal, de sproof y ganarnos su confianza", afirma Fabian Knirsch, fundador y CTO de sproof.
Centrarse en la validez jurídica y la protección de datos
Los requisitos que deben cumplir las firmas digitales están regulados en la Unión Europea como parte del Reglamento eIDAS. Además de los requisitos y su aplicación, este reglamento también regula el estatus legal. La protección de datos también desempeña un papel especial, ya que no es necesariamente un hecho que un proveedor de firmas digitales cumpla con el RGPD. "Básicamente existen diferentes formas de firmar digitalmente: simple, avanzada y cualificada. A pesar de que las firmas digitales tienen el mismo aspecto en el documento final, el estatus del respectivo tipo de firma digital y su carácter vinculante son diferentes", añade Fabian Knirsch, de sproof. Sólo las llamadas firmas electrónicas cualificadas, o QES (Qualified Electronic Signatures), son legalmente equivalentes a las firmas manuscritas. En Austria, esto se establece en el apartado 1 del artículo 4 de la Ley de Firmas. En cuanto a la protección de datos, también deben cumplirse los requisitos legales del RGPD y la estructura informática debe garantizar asimismo ciertos requisitos de seguridad. "Los datos se almacenan y procesan exclusivamente en centros de datos dentro de la Unión Europea. Se evita cualquier referencia a EE.UU., ya que esto no cumpliría con el RGPD", concluye Fabian Knirsch.
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